La pérdida de un ser querido es una de las experiencias más difíciles que podemos enfrentar. En esos momentos de dolor, los gastos funerarios pueden representar una carga adicional para muchas familias. Conscientes de esta realidad, la Alcaldía Mayor de Bogotá, a través de la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos (UAESP), ofrece subsidios funerarios. Estos subsidios están diseñados para proporcionar un alivio económico significativo a las familias en situación de vulnerabilidad, asegurando que todos puedan despedirse dignamente de sus seres queridos informa Yo Emprendo Ayudas Colombia.
¿Qué son los Subsidios Funerarios?
Los subsidios funerarios son una forma de asistencia económica temporal y oportuna proporcionada por la Alcaldía Mayor de Bogotá. Están dirigidos a personas y familias que se encuentran en condición de vulnerabilidad y que no tienen los recursos necesarios para cubrir los costos de servicios funerarios como inhumación, exhumación o cremación. Estos subsidios pueden cubrir entre el 75% y el 100% del costo total, dependiendo de la situación económica y social del solicitante.
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Proceso para Acceder a los Subsidios Funerarios
Para acceder a un subsidio funerario, es fundamental acreditar la condición de vulnerabilidad. Los interesados deben presentar una solicitud en las oficinas de la UAESP, incluyendo detalles como los nombres completos del fallecido y del solicitante, documento de identidad, dirección, teléfono y correo electrónico (si se dispone de uno). Además, deben indicar el servicio funerario requerido y el cementerio distrital donde desean realizar el servicio.
Acreditación de la Condición de Vulnerabilidad
La acreditación de la condición de vulnerabilidad se realiza conforme a lo establecido en la Resolución 442 de 2021. Esta resolución modifica el Programa de Subvenciones y Ayudas a la Población Vulnerable para acceder a los Servicios Funerarios en los Cementerios de Propiedad del Distrito Capital. Es necesario anexar la documentación requerida para certificar esta condición, asegurando que el solicitante cumpla con los criterios establecidos.
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Cobertura del Subsidio
La cobertura del subsidio funerario varía según la situación del solicitante. Existen tres niveles de cobertura:
Cobertura del 100%
Este nivel está destinado a personas en situación de pobreza extrema, víctimas del conflicto armado interno, habitantes de calle, y ciertos grupos étnicos (indígenas, afrodescendientes, palenqueros, raizales, rrom, etc.), así como casos de posibles feminicidios. Los solicitantes deben cumplir con al menos una de las siguientes condiciones:
- Puntaje en la base de datos del Sisbén A1 hasta A5 (Pobreza Extrema).
- Estar categorizados como víctimas del conflicto armado interno.
- Pertenecer a grupos étnicos.
- Ser habitantes de la calle.
- Casos de posibles feminicidios en el marco de acciones afirmativas.
Cobertura del 85%
Esta cobertura se destina a personas caracterizadas como vulnerables pero con cierta capacidad económica. Incluye a:
- Personas con puntaje en la base de datos del Sisbén C1 hasta C18.
- Registrados en el RURO (Registro Único de Recicladores de Oficio).
- Personas incluidas en la base de datos SIRBE.
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Cobertura del 75%
Aplicable a personas en situación de pobreza determinada y otras poblaciones vulnerables caracterizadas en diversas bases de datos, como la población LGBTI, personas con discapacidad, y ciudadanos venezolanos en situación migratoria irregular. Los parámetros incluyen:
- Puntaje en la base de datos del Sisbén B1 hasta B7.
- Personas con discapacidad.
- Miembros de la comunidad LGBTI.
- Ciudadanos venezolanos en situación irregular.
Beneficios de los Subsidios Funerarios
El otorgamiento de subsidios funerarios por parte de la Alcaldía Mayor de Bogotá y la UAESP tiene múltiples beneficios. Estos subsidios no solo alivian la carga financiera en momentos de crisis, sino que también garantizan que las personas puedan acceder a servicios funerarios dignos y adecuados. A continuación, se detallan algunos de los principales beneficios:
Alivio Económico
Los subsidios funerarios representan un alivio económico significativo para las familias en situación de vulnerabilidad, permitiéndoles cubrir los costos de los servicios funerarios sin tener que incurrir en deudas o sacrificios financieros adicionales.
Acceso a Servicios Funerarios Dignos
Gracias a estos subsidios, las familias pueden acceder a servicios funerarios de calidad en los cementerios distritales, asegurando que sus seres queridos reciban una despedida respetuosa y acorde con sus tradiciones y creencias.
Apoyo en Momentos de Crisis
La pérdida de un ser querido es un momento de gran estrés y dolor. Contar con el respaldo de la UAESP y la Alcaldía Mayor de Bogotá a través de los subsidios funerarios proporciona un apoyo esencial, permitiendo que las familias se concentren en el duelo y no en preocupaciones económicas.
FAQs
¿Cuáles son los requisitos para acceder a un subsidio funerario?
Para acceder a un subsidio funerario, se debe acreditar la condición de vulnerabilidad mediante la presentación de la documentación requerida por la UAESP, incluyendo datos del fallecido y del solicitante, así como el tipo de servicio funerario requerido.
¿Qué porcentaje del costo del servicio cubren los subsidios funerarios?
Los subsidios funerarios pueden cubrir entre el 75% y el 100% del costo del servicio, dependiendo de la situación económica y social del solicitante.
¿Cómo se acredita la condición de vulnerabilidad?
La condición de vulnerabilidad se acredita conforme a la Resolución 442 de 2021, anexando la documentación requerida que certifique la situación económica y social del solicitante.
¿Quiénes pueden acceder a la cobertura del 100%?
La cobertura del 100% está destinada a personas en situación de pobreza extrema, víctimas del conflicto armado interno, habitantes de calle, y ciertos grupos étnicos, así como casos de posibles feminicidios.
¿Qué servicios funerarios cubren los subsidios?
Los subsidios funerarios cubren servicios de inhumación, exhumación y cremación en los cementerios distritales de Bogotá.
¿Dónde se debe presentar la solicitud de subsidio funerario?
La solicitud de subsidio funerario debe presentarse en las oficinas de la UAESP, incluyendo toda la documentación necesaria para acreditar la condición de vulnerabilidad y los detalles del servicio funerario requerido.
Información del peticionario:
- Nombre:
- DIRECCIÓN:
- Número de teléfono:
- Correo electrónico:
Información del fallecido:
- Nombre:
- Fecha de nacimiento:
- Fecha de muerte:
Cementerio de servicio y propiedad del distrito:
- Tipo de Servicio Solicitado (Inhumación, Exhumación, Cremación):
- Nombre del Cementerio:
Archivos adjuntos:
- Registro Civil de Defunción – Acta de Defunción.
- Copia de la identificación del peticionario.
- Documento que acredite la condición de vulnerabilidad.
Condiciones especiales:
- Propietarios de mausoleos, bóvedas, osarios o columbarios: Adjuntar certificado de tradición y libertad o escritura pública.
- Muerte violenta: Adjuntar certificado de Fiscalía autorizando el procedimiento solicitado (vigencia de 30 días).
- Traslado de otro cementerio: Adjuntar certificado de origen de los restos o cenizas.
- Permaneces dirigidos a otro cementerio: Adjuntar certificado del cementerio receptor confirmando el traslado.
Tiempos de respuesta:
- Máximo diez (10) días hábiles a partir de la recepción de la solicitud y confirmación del cumplimiento de requisitos para los servicios de exhumación y cremación.
- Un (1) día para servicios de inhumación o cremación de cadáveres.
Información del contacto:
- Linea telefonica:
- Línea 195, disponible las 24 horas, de lunes a domingo.
- Teléfono: 358 04 00, Opción 3.
- Móvil: 3059360802.
Formato de Solicitud
Datos del Peticionario:
- Nombre:
- directo
- Número de Teléfono:
- Corr
Datos del Fallecido:
- Nombre:
- Fecha de Nacimiento:
- Fecha de Defunción:
Servicio y Cementerio de Propiedad del Distrito:
- Tipo de Servicio Solicitado (Inhumación, Exhumación, Cremación):
- Nombre del Cementerio:
Archivos adjuntos:
- Registro Civil de Defunción – Certificado de Defunción.
- Copiar
- Documento que crees
Condiciones Especiales:
- Propietarios de mausoleos, bóvedas, osarios o cenizarios: Adjuntar certificado de tradición y libertad o escritura pública.
- Muerte violenta: Adjuntar certificado de la Fiscalía que autorice el procedimiento solicitado (vigencia no mayor a 30 días).
- Procedente de otro cementerio: Adjuntar certificado de procedencia de restos o cenizas.
- Restos que se dirigen a otro cementerio: Adjuntar certificado del cementerio al cual serán enviados los restos, que den cuenta de este hecho.
Tiempos de Respuesta:
- Máximo diez (10) días hábiles a partir del recibo de la solicitud y confirmación del cumplimiento de los requisitos, para servicios de exhumación y cremación de restos.
- Un (1) día para los servicios de inhumación o cremación de cuerpos.
Conclusión
Los subsidios funerarios que otorga la Alcaldía de Bogotá a través de la UAESP son una muestra del compromiso de la ciudad con sus ciudadanos más vulnerables. En momentos de dolor y pérdida, estos subsidios ofrecen un apoyo crucial, garantizando que todas las familias puedan despedirse dignamente de sus seres queridos. Con una cobertura que varía según la situación del solicitante, los subsidios funerarios representan un alivio económico significativo y un acceso a servicios funerarios dignos. Así, Bogotá se posiciona como una ciudad solidaria y comprometida con el bienestar de todos sus habitantes.
Canal telefónico:
Línea 195, lunes a domingo, 24 horas al día.
Teléfono: 358 04 00 Opción 3
Celular: Tel. 3059360802
REDACCIÓN BOGOTÁ
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