El programa Colombia sin Hambre es una de las iniciativas más recientes del Departamento de Prosperidad Social (DPS), que tiene como objetivo brindar apoyo económico a familias en condiciones de pobreza extrema y a comunidades indígenas. Este subsidio forma parte del programa Renta Ciudadana, con el cual se busca mitigar la inseguridad alimentaria y reducir las brechas de pobreza en el país informa Yo Emprendo Ayudas Colombia
¿Quiénes son los Beneficiarios de Colombia sin Hambre?
Para ser beneficiario del programa Colombia sin Hambre, se deben cumplir con ciertos requisitos que aseguran que las ayudas lleguen a las familias más necesitadas. Entre los principales criterios de elegibilidad se encuentran:
Hogares en pobreza extrema con niños menores de 6 años. Grupos A Del Sisbén
Familias con niños y adolescentes entre 6 y 17 años en condiciones de pobreza extrema. Grupos A del sisbén
Unidades indígenas con niños y adolescentes entre 6 y 17 años.
Proceso de Selección de Beneficiarios
El proceso de selección para Colombia sin Hambre se realiza a través de los registros del SISBÉN IV y de listados oficiales del Registro Social de Hogares y el Ministerio del Interior. Este programa no requiere inscripción directa, ya que se basa en datos previamente recopilados por estas entidades gubernamentales.
¿Cuáles son los Montos y Periodicidad de los Pagos?
El subsidio de Colombia sin Hambre entrega un monto de menos de $500,000 pesos, el cual se distribuye cada 45 días. Este apoyo económico busca cubrir las necesidades básicas de las familias, enfocándose especialmente en la valoración del cuidado, garantizando que los hogares con los criterios más estrictos reciban el mayor apoyo.
Los beneficiarios del programa deben cumplir con ciertas condicionalidades para mantenerse activos en Colombia sin Hambre. Entre las principales responsabilidades se encuentran:
Todos los miembros del hogar deben estar asegurados en una EPS válida.
Los niños y adolescentes del hogar deben estar matriculados en el sistema educativo.
Cumplir con el esquema de vacunación y controles de salud de acuerdo a la etapa de vida de cada miembro del hogar.
Valoración del Cuidado: Un Enfoque en los Hogares más Vulnerables Reciben $500.000 en cada pago
El programa de Valoración del Cuidado REnta Ciudadana tiene como objetivo brindar una atención especial a los hogares que enfrentan las barreras más significativas en términos de pobreza y acceso a recursos. Está dirigido a las familias del grupo A del SISBÉN IV, con especial atención a aquellos hogares que tienen niños menores de 6 años con padres o madres cabezas de familia y personas con discapacidad que requieren cuidados continuos. Recuerda que éstafue la primera linea de intervención donde salieron los primeros beneficiarios de Renta Ciudadana.
Septiembre y Octubre llegan Pagos Dobles para Valoración del cuidado y colombia sin hambre
Este proceso es indispensable para confirmar la inclusión en el programa y mantener los beneficios activos.
Conclusión
El programa Colombia sin Hambre representa una oportunidad vital para millones de hogares en condiciones vulnerables en Colombia. Gracias a la identificación eficiente a través del SISBÉN IV, el DPS asegura que el apoyo económico llegue a quienes más lo necesitan, contribuyendo a mejorar sus condiciones de vida y combatir la pobreza extrema.
👉Ver Mas abajo Tabla de Pagos Renta CiudadanaSegun Prioridad Departamento Municipio y Sisben IV
Condiciones de entrada al programa
Artículo 6. Cobertura Geográfica.El programa Familias en Acción tendrá cobertura territorial de conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la Ley 1532 de 2012 modificada por la Ley 1948 de 2019.
Parágrafo 1: en lo concerniente a la población indígena, el programa de acuerdo con la disponibilidad presupuestal y la priorización territorial cubre a los resguardos, y comunidades indígenas del país, reconocidos por el Ministerio del Interior. Harán igualmente parte los cabildos, previo proceso de concertación, entre las autoridades indígenas reconocidas, las alcaldías o gobernaciones y Prosperidad Social.
Parágrafo 2: en los procesos de ampliación de cobertura territorial se tendrá en cuenta la priorización establecida en el parágrafo del artículo 5 de la Ley 1532 de 2012 modificada por la Ley 1948 de 2019, así como la disponibilidad presupuestal contenida en el artículo 8 de la misma ley.
Artículo 7. Fuentesdeidentificación de potenciales participantes. Prosperidad Social utilizará como fuentes de información para la identificación de familias potenciales beneficiarias de Familias en Acción el SISBEN IV y los listados censales indígenas entregados al programa por las autoridades indígenas reconocidas por el Ministerio del Interior.
Artículo 8. Selección. La fase de selección de los hogares potenciales participantes del programa Familias en Acción está compuesta por:
La conformación de la base de potenciales hogares participantes.
La inscripción de los hogares.
Artículo 9. Criterios para la conformación de la base de datos de potenciales hogares participantes del programa Familias en Acción.Podrán ser potenciales participantes del programa Familias en Acción, los hogares con NNA menores de 18 años, con tipo de documento de identidad colombiano, que cumplan con alguno de los siguientes criterios:
Hogares en situación de pobreza y pobreza extrema que según la información registrada en el SISBÉN IV estén clasificados entre los grupos A01 al B04.
Hogares víctimas de desplazamiento forzado en situación de pobreza y pobreza extrema que según la información registrada en el SISBÉN IV estén clasificados entre los grupos A01 a B04.Hogares afrodescendientes en situación de pobreza y pobreza extrema que según la información registrada en el SISBÉN IV estén clasificados entre los grupos A01 a B04.
Hogares indígenas en situación de pobreza y pobreza extrema focalizados a través de los listados censales reportados por las autoridades indígenas, de acuerdo con los criterios de selección concertados con la comunidad.
Artículo 10. Inscripción de las familias vinculadas al programa Familias en Acción. El proceso de inscripción inicia con la conformación de la base datos de potenciales hogares participantes, programación de las convocatorias de inscripción, presentación de la persona que se registrará como titular y registro de la información de la inscripción en el SIFA, finalizando con la revisión y validación por parte de Prosperidad Social. Resultado del proceso de validación, la familia quedará registrada en SIFA en los estados inscrito, aplazado o anulado.
Parágrafo 1: el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social mediante acto administrativo definirá la vinculación de las familias al programa Familias en Acción de acuerdo con el resultado del proceso de validación.
Parágrafo 2: cuando no exista una persona mayor de edad dentro de la familia, podrá ser titular en el proceso de inscripción los adolescentes entre los 14 y 17 años (púberes), en virtud del principio de capacidad progresiva, hecho que se informará a las autoridades competentes para su revisión y seguimiento.
Parágrafo 3: el programa promoverá y privilegiará la asignación de la titularidad a las mujeres de la familia.
El componente de transferencias monetarias condicionadas tiene como propósito incentivar las asistencias a las atenciones integrales en salud y el fomento de la educación básica y media de los NNA y Jóvenes hasta los 20 años de las familias vinculadas, quienes adquieren los siguientes compromisos y condicionalidades con su vinculación al programa y como requisito para acceder a la liquidación:
12.1 Condicionalidades en salud. A través de la cual se promueve:
12.1.1. Que los niños y niñas menores de 6 años integrantes de la familia cuenten con una vinculación a una Institución Prestadora de Salud – IPS habilitada por el MSPS, en estado Activo, y/o
12.1.2. Que los niños y niñas menores de 6 años integrantes de la familia asistan a alguna de las atenciones integrales de la Ruta Integral de Atención para la Promoción y Mantenimiento de la Salud- RIAPMS de conformidad con los rangos de edad para el cumplimiento de las atenciones establecido en la Resolución 3280 de 2018 del MSPS o la norma que la modifique o sustituya.
12.2. Condicionales en educación. A través de la cual se promueve:
12.2.1. Que los NNA entre 5 y 17 años, y los jóvenes entre 18 y 20 años, integrantes de la familia, que se encuentren cursando los grados 10° (máximo 19 años) y 11° (máximo 20 años) cuenten con matrícula en Establecimiento Educativo -EE registrado en el DUE, en los grados entre 0° a 11°, y/o
12.2.2. Que los NNA entre 5 y 17 años, y los jóvenes entre 18 y 20 años, integrantes de la familia, que se encuentren cursando los grados 10° (máximo 19 años) y 11° (máximo 20 años) asistan al 80% de clases realizadas por el EE, en los grados entre 0° a 11°.
Artículo 20. Requisitos para la liquidación de las transferencias monetarias condicionadas. Habrá lugar al reconocimiento y liquidación las transferencias monetarias cuando se cumplan los siguientes requisitos:
Que la familia se encuentre en estado activo, que cumpla con los condiciones de permanencia señalados en el artículo 23.
Se verifique el cumplimiento de las condicionalidades descritas en el artículo 12 de la presente resolución.
Que la familia cuente con una persona titular asignada con capacidad jurídica de ejercicio.
VER MAPA DE MUNICIPIOS PRIORIDAD MUY ALTA, PRIORIDAD ALTA Y DEMAS MUNICIPIOS
* excepto Valledupar, Florencia y Santa Marta – grandes ciudades. Hacen parte del grupo «demás municipios»
El valor de las transferencias monetarias del programa Familias en Acción se liquidará bimestralmente de acuerdo con las siguientes variables territoriales y poblacionales:
* excepto Valledupar, Florencia y Santa Marta – grandes ciudades. Hacen parte del grupo «demás municipios»
Parágrafo 1: el monto por familia contemplado para la condicionalidad de salud se liquidará siempre y cuando todos los niños y niñas menores de 6 años cumplan con las condicionalidades establecidas en el artículo 12.
Parágrafo 2: el monto relacionado con la condicionalidad de educación se liquidará por cada NNA y/o joven que cumpla con las condicionalidades establecidas en el artículo 12, para máximo 3 integrantes y adicional(es) siempre que tenga marca de discapacidad en el SIFA, de acuerdo con los registros administrativos oficiales.
Parágrafo 3: en ningún caso el monto total liquidado a la familia podrá ser superior a UN MILLON DE PESOS M/CTE ($1.000.000) por ciclo operativo, aunque la suma de los valores correspondientes al cumplimiento de compromisos en salud y educación supere este monto, según la anterior tabla.
Parágrafo 4: para la población focalizada mediante SISBÉN IV, la liquidación se efectúa de acuerdo con el grupo, nivel y municipio al cual pertenezca en la fecha actualizada para el ciclo operativo registrado en SIFA.
Parágrafo 5: las familias identificadas como víctimas de desplazamiento forzado a través del Registro Único de Víctimas -RUV, y clasificadas entre el grupo A01 a B04 del SISBÉN IV con información actualizada en el ciclo operativo, se le liquidará el monto máximo del municipio en el cual se encuentre registrada en SIFA.
Parágrafo 6: las familias registradas en el SIFA como población indígena, se le liquidará el monto máximo del municipio en el cual se encuentra registrada.
Parágrafo 7: el listado de municipios categorizados por prioridad en el presente artículo se establece en el anexo 1 de la presente resolución y están basados en las prevalencias de desnutrición según el mapa de hambre, el índice de pobreza multidimensional y los municipios que hacen parte de los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial -PDET.
Artículo 22. Periodicidad y entrega de la transferencias monetarias. La dispersión de los recursos del programa y el pago final a la persona titular de la familia se realizará de manera bimestral, para lo cual el programa podrá utilizar alguno de los siguientes mecanismos:
Depósitos en productos bancarios o financieros: consiste en depósitos o transferencias en productos financieros activos mediante entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia, seleccionados y contratados por Prosperidad Social para la dispersión de los recursos.
Giros postales y/o bancarios: entregas directas en efectivo a los hogares beneficiarios del programa, a través de operadores de giros postales y/o giros bancarios autorizados y vigilados por la autoridad competente, seleccionados y contratados por Prosperidad Social para la dispersión de los recursos.
Parágrafo 1: el mecanismo de dispersión de cada familia será aquel que se encuentre registrado en el SIFA como resultado del proceso adelantado por Prosperidad Social para la selección de la(s) entidad(es) encargada(s) de hacer la entrega de los recursos a los participantes.
Parágrafo 2: las familias cuyo documento de identidad de la persona titular sea cédula de extranjería la transferencia monetaria se realizará únicamente mediante la modalidad de giro.
Parágrafo 3: luego de expedido el acto administrativo de liquidación y previo al pago efectivo de la transferencia monetaria, el programa podrá aplicar órdenes de no pago producto de la verificación de supervivencia de algún integrante de la familia de acuerdo con la información reportada por la RNEC y/o el MSPS.
¡Atención familias! El primer pago de RenTa Ciudadana gran ayuda de Colombia Prioridad Muy Alta Ver Municipios con esta Categoría👇 se realizará en abril para las familias registradas y que realizaron la inscripción en la Fase I, Fase II. 🗓️Aquí te dejamos toda la información que necesitas saber sobre los montos y categorías del Sisbén para obtener el incentivo:
Clasificación Pagos de hogares Renta Ciudadana segun grupo del sisben Municipios prioridad Muy alta 🔵 Hogares categoría A en Sisbén con niños de 0 a 6 años reciben $1.000.000 si tienen niños adicionales estudiando el máximo que podrán recibir será este valor 🔵 Hogares Categoría A Sisbén con niños entre 6 y 18 años reciben $320.000 por cada niño. 🔴 Hogares de categoría B1-B4 reciben $720.000 con niños de 0 a 6 años. 🔴 Hogares de categoría B1 a B4 reciben $240.000 con niños entre 6 y 18 años. 🟡Si una familia ha cambiado de categoría Sisbén y está por encima de la categoría B4 y tiene hijos menores de 6 años, recibirá $320.000. Si tienen hijos mayores de 6 años y menores de 18, recibirán $120,000 por cada hijo. 👨👩👧👦 Recuerda, al igual que Familias en Acción, el Ingreso Ciudadano tiene como objetivo ayudar a las familias más vulnerables del país y promover el acceso a bienes y servicios esenciales. ¡No te pierdas este importante apoyo económico para tu hogar!
Condiciones del Programa Renta Ciudadana Tabla de pagos Prioridad Muy Alta
Estado de Salud. A través de la cual promueve:
Que los niños menores de 6 años que sean familiares tengan afiliación a un Establecimiento de Salud Autorizado – IPS del MSPS, en estado activo y/o Que los niños menores de 6 años que sean familiares participen en alguno de los servicios integrales de la Ruta de Atención Integral a la Promoción y Mantenimiento de la Salud-RIAPMS según los grupos de edad para cumplir con el servicio establecido en la Resolución 3280 de 2018 MSPS o estándar que modificó o reemplazó.
condiciones en la educación Renta Ciudadana Tabla de pagos Prioridad Muy Alta. A través de la cual promueve:
Que los niños y jóvenes entre 5 y 17 años y jóvenes entre 18 y 20 años, familiares que cursen el grado 10 (máximo 19 años) y 11 grado (máximo 20 años) estén matriculados en la institución -EE con el DUE, en grados entre 0° a 11°, y/o Niños de 5 a 17 años y jóvenes de 18 a 20 años, familiares que cursan 10° grado (máximo 19 años) y 11° grado (máximo 20 años) asisten el 80% de la enseñanza de EA, en grados de 0° a 11 °.
Yo Emprendo ayudas Colombia – Ayudas Colombia informa Apertura de Iniciación de Inscripciones Familias en Acción Renta Ciudadana Mayo y Junio 2023
Requisitos de Inscripciones Familias en Acción Renta Ciudadana Mayo y Junio 2023
l. Las familias en situación de pobreza y pobreza extrema, de acuerdo con los criterios establecidos por el Gobierno nacional a través del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social( … ).
Las familias víctimas de desplazamiento forzado en situación de pobreza y pobreza extrema;
Las familias indígenas en situación de pobreza y pobreza extrema de acuerdo con procesos de concertación y focalización establecidos por el Programa(sic). Las familias afrodescendientes en situación de pobreza y pobreza extrema de acuerdo con los criterios de focalización establecidos por el Programa.
La construcción del listado de focalización de las familias potenciales a inscribir mediante este acto administrativo se adelantó por parte el Grupo Interno de Trabajo de Focalización de la Subdirección General para la Superación de la Pobreza del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social mediante Memorando No. M-2023-3000-024666 del 3 de mayo de 2023, con las unidades de gasto de los hogares que cumplan con los criterios establecidos en el artículo 9 de la Resolución No. 00542 de 2023 y de conformidad con la información disponible en el SISBEN IV con fecha de corte 10 de abril de 2023.
Esto quiere decir que si usted tiene la encuesta del Sisbén realizada antes del 10 de abril o el mismo 10 de abril, esta en los grupos del Sisbén A hasta B4 y tienes niños menores de 18 años, podría estar en la lista para inscribirse.
Donde veo el listado de Beneficiarios para Inscripción Renta Ciudadana Familias en Acción 2023 Mayo y Junio
O en los Enlaces o Puntos de Atención de las alcaldias o Puntso de Inscripción del Programa o en las paginas web de cada uno de los Municipios.
Hogares Convocados Familias en acción Renta Ciudadana Inscripciones 2023
Adáptese el listado de hogares convocados para la presente convocatoria, el cual hace parte de la presente resolución y estará disponible para su consulta en la página Web: www.prosperidadsocial.gov.co.
Prosperidad Social adelantará la revisión y validación de cada una de las inscripciones realizadas conforme a lo establecido en la Resolución 00542 del 16 de marzo de 2022. Por lo tanto, la inscripción no garantiza el ingreso ni la permanencia de la familia en el programa.
FECHA INSCRIPCIONES FAMILIAS EN ACCION RENTA CIUDADANA MAYO JUNIO 2023
Artículo 4. Periodo de inscripciones. Establézcase el periodo de inscripciones desde el 12 de mayo de 2023 y hasta el 15 de junio de 2023.
Artículo 5. Proceso de il)scripción. El proceso de inscripciones se adelantará por parte de los entes territoriales de conformidad con los convenios interadministrativos suscritos con Prosperidad Social. En todos los casos, Prosperidad Social determinará los lineamientos y cronograma para llevar a cabo el proceso.
Documentos que te pedirán para la inscripción de familias en Acción Renta Ciudadana Mayo junio 2023
Prepara los siguientes documentos para asistir a la convocatoria en el lugar habilitado y en la fecha que te corresponda:
Fotocopia legible de la cédula de ciudadanía de quien se presenta como titular. En caso de que el titular sea menor de edad, debe presentar la tarjeta de identidad. En caso de que el titular no cuente con el original del documento de identidad, se acepta la contraseña.
Fotocopia legible de los documentos de identidad para cada niño, niña y/o adolescente menor de 18 años a inscribir (registro civil para los menores de 6 años y tarjeta de identidad para los de 7 a 17 años).
Según el DPS, la ley da preferencia a las madres de familia. Durante el proceso de inscripciones, el titular del hogar debe informar:
Nombre exacto de la sede educativa en donde estudian los menores que va a inscribir y que están en la ficha del Sisbén IV.
Nombre exacto de la IPS en donde son atendidos los niños menores de seis años a inscribir.
Prosperidad Social aclara, respecto a esto último, que en ningún caso es necesario llevar soportes o certificados de dicha información
¿Cuál es el link de renta ciudadana 2023?
Sin embargo, para averiguar si hace parte de la lista de favorecidos por la iniciativa usted puede ingresar a https://rentaciudadana.prosperidadsocial.gov.co/
Tabla de Pagos Renta Ciudadana Familias en Acción 2023
A continuación mostramos Municipios y Departamentos Priorizados en la Renta Ciudadana 2023, los cuales los pagos seran de acuerdo a los Grupos, Grupo 1, Grupo 2 y Grupo 3
Territorialización de la pobreza extrema
En 2019 Prosperidad Social y CEPAL establecieron un convenio técnico que permitió calcular un mapa de pobreza monetaria y monetaria extrema para todo el territorio nacional, utilizando metodologías de estimación de área pequeña a través del Censo Nacional de Población y Vivienda 2018 y encuestas a hogares. El mapa de pobreza monetaria y monetaria extrema establece en quintiles la distribución de la incidencia de pobreza por municipio, a través de una escala que va del color verde oscuro (menor pobreza) a rojo (mayor pobreza).
Ilustración 6. Mapa de pobreza monetaria extrema por técnicas de área pequeña 2019. CEPAL/Prosperidad Social
En este se evidencia que los municipios de menor incidencia de pobreza se concentran entre los departamentos del interior del país conformado por los departamentos de Antioquia, Santander, Boyacá, Cundinamarca, Eje Cafetero y Valle del Cauca. Por otra parte, los departamentos que concentran mayor pobreza monetaria son aquellos ubicados en la periferia del país, entre los que se encuentran los departamentos de la región Pacífico (Chocó, Cauca y Nariño), región Caribe (La Guajira, Magdalena, Bolívar, Sucre, Córdoba y Cesar), departamentos de frontera (Norte de Santander y Arauca), y la región Orinoquía y Amazonía (Vichada, Guainía, Vaupés, Amazonas y Caquetá).
A partir del marco de política, la fase IV del programa Familias en Acción incorpora acciones diferenciales territoriales para hacer frente al aumento de la pobreza e inseguridad alimentaria en Colombia.
Para identificar los municipios con una atención reforzada a través de un aumento del monto se tuvo en cuenta los siguientes insumos:
Prevalencia de desnutrición infantil. ICBF: municipios que registran niños y niñas que en sus primeros 1.000 días de vida presentan desnutrición crónica.
Mapa de pobreza multidimensional censal 2018. DANE: municipios con alta incidencia de pobreza multidimensional.
Municipios PDET: 171 municipios que fueron priorizados en los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial por ser los territorios los más afectados por el conflicto armado.
Clasificación
Municipios
Descripción
Grupo 1 Municipios de muy alta prioridad
263 municipios
Municipios con muy alta prevalencia de desnutrición infantil y alta incidencia de pobreza multidimensional (quintil más alto) a partir del IPM censal 2018.
Grupo 2. Municipios de alta prioridad
203 municipios
Municipios con alta prevalencia de mortalidad infantil por desnutrición y municipios PDET que no tienen prevalencia muy alta en desnutrición infantil (excepto Valledupar, Florencia y Santa Marta que se clasifican como grupo 3 por ser grandes ciudades).
Grupo 3. Otros municipios
639 municipios y áreas no municipalizadas
Corresponde a municipios con una incidencia media o baja de mortalidad infantil por desnutrición.
VER ACA LISTADO DE MUNICIPIOS GRUPO 1, GRUPO 2 Y GRUPO 3👇 Dar Clic en el Link
La Renta ciudadana en su transicion establece compromisos con las regiones mas pobres y establece prioridad segun el mapa del Hambre, lo que pretende Prosperidad Social y la actual apuesta del gobierno de Colombia es llegar a todos los territorios donde hay mas pobreza.
En este inicio de 2023, los datos confirman que frente a la crisis por acceder a alimentos, el 40 % de la población colombiana consume alimentos 2 veces al día o menos y 15.5 millones de personas en el país se encuentran en una situación de inseguridad alimentaria moderada o severa, muchos inclusive solo sobreviven con 5000 pesos al dia.
En su Transicion Renta Ciudadana establece la parte legal la focalización del Programa familiza en Acción, todas aquella familias que se inscribieron a este programa en el año 2021 y 22 automaticamente recibirán hasta $500.000 pesos depende del Departamento, Municipio, Grupo del Sisben y conformación del hogar si son victimas o comunidad Indigena.
Prosperidad anuncia Hambre Cero coneel programa REnta Ciudadana a hogares en pobreza extrema mayoritariamente de jefatura femenina,
Los niños discapacitados son el foco del actual Gobierno dado que muchos no poseen la condición para realizar estudios, por lo cual nuestro Canal @yo-emprendo-ayudas-colombia hizo una pregunta muy importante en la reunión que se realizo en Bogotá acerca del Programa Renta Ciudadana donde los niños discapacitados tendrán la oportunidad segun la Dra Cielo Rusinque dentro del manual Operativo el cual estan haciendo las mejoras o reestructuración a recibir los pagos solo con el cumplimiento en Salud.
ver Video sobre la pregunta
Cuando Iniciará el Pago de la Renta Ciudadana 2023
Los pagos comenzarán entre la primera y segunda semana de abril del 2023 , estar pendientes del operador de pago
Quienes recibirán esta ayuda que grupos del Sisben?
Renta Ciudadana la recibiran 466 municipios que se encuentran en el sisben A hasta B4 y se inscribieron en el programa Familias en accion en el año 2021 y 2022 esto aplica familias con niños menores de 18 años discapacitados, que esten estudiando.
Hay Inscripciones para el programa Renta Ciudadana este año 2023?
Si hay 300.000 nuevos cupos para Renta Ciudadana pero Prosperidad Social indicará las fechas para aplicar
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