Cómo solicitar asilo en Colombia si eres venezolano informa Ayudas Colombia
Si eres refugiado implica seguir ciertos pasos establecidos por la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y el Decreto 1067 de 2015. Estos requisitos incluyen demostrar fundados temores de persecución por motivos de grupo social, raza, religión u opiniones políticas, o enfrentar riesgos graves para la libertad, seguridad o vida debido a violencia generalizada, conflictos internos u otras circunstancias que perturben el orden público. También se debe demostrar la posibilidad de sufrir tortura o tratos inhumanos.
Cual es la solicitud que deben llenar los Venezolanos
Para solicitar asilo en Colombia, es esencial completar una solicitud que incluya información como nombres, apellidos, beneficiarios, copia de documento de identidad, fecha y forma de ingreso al país, entre otros datos. Además, se debe proporcionar un relato detallado de los hechos que motivan la solicitud, respaldado por documentos si están disponibles, así como una fotografía reciente y firma.
Si no se dispone de documentación de identidad, se puede explicar en la solicitud y se valora la buena fe del solicitante. El proceso se inicia presentando la solicitud en una oficina de Migración Colombia o la Cancillería dentro de los 2 meses posteriores a la llegada a Colombia. Se emite un salvoconducto de permanencia que permite la estancia mientras se procesa la solicitud.
Posteriormente, se lleva a cabo una entrevista para conocer más sobre la situación del solicitante y las razones para solicitar asilo. La Comisión Asesora para la Determinación de la Condición de Refugiado (CONARE) analiza la información para determinar el reconocimiento como refugiado.
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En caso de que la solicitud sea negada, se debe abandonar el territorio colombiano en un plazo de 30 días. Es importante destacar que durante el período con el salvoconducto de permanencia, no se puede trabajar.
No hay un plazo fijo para la respuesta de la solicitud de asilo, ya que cada caso se analiza minuciosamente. Se hace todo lo posible para agilizar el proceso.
Es crucial mantener la honestidad en todo momento, ya que la principal razón para el rechazo de una solicitud de asilo es la falsedad en la información proporcionada.
Procedimiento para Determinar la Condición de Refugiado venzolanos Solicitud de asilo en Colombia si eres venezolano
El Grupo Interno de Trabajo de Determinación de la Condición de Refugiado ha establecido los pasos a seguir para los trámites relacionados con las solicitudes de reconocimiento como refugiado:
Para Nuevas Solicitudes:
- Complete el formulario DP-FO-273 Versión 2 de solicitud de refugio y el formulario DP-FO-274 Versión 2 de beneficiarios (si aplica), y envíelos junto con los anexos correspondientes, legibles, en un solo correo y en un archivo PDF único.
- Firme a mano alzada el formulario DP-FO-273 Versión 2 del solicitante y el formulario DP-FO-274 Versión 2 de beneficiarios (si aplica). La firma solo debe ser realizada por el solicitante principal.
- Verifique y adjunte los “anexos solicitud refugio” según corresponda.
- El correo electrónico habilitado para recibir nuevas solicitudes de refugio es solicitudesentramite@cancilleria.gov.co
- Si la solicitud se hace en representación de un menor de edad, complete el formulario DP-FO-281 Solicitud para menor de edad.
Importante: Las solicitudes que no cumplan con los requisitos mencionados no serán admitidas.
Se informa que el Decreto 1067 de 2015 no establece un plazo específico para llevar a cabo las solicitudes de refugio ni sus diversas etapas, incluida la admisión de la solicitud.
Todas las solicitudes serán procesadas en el orden en que se reciben. En un plazo razonable de hasta treinta (30) días hábiles se dará respuesta a la solicitud. Se recomienda estar atento al correo electrónico autorizado para cualquier actualización.
Durante este período de treinta (30) días hábiles mientras se espera la respuesta, se solicita no reenviar ni reiterar la solicitud.
Para la Prórroga de Salvoconductos SC2:
- Si necesita extender su Salvoconducto de permanencia para Resolver Situación de Refugio (SC2), complete y envíe el formato DP-FO-278 con al menos un mes de anticipación a la fecha de vencimiento del salvoconducto.
- El correo electrónico habilitado para recibir solicitudes de prórroga de Salvoconductos es solicitudesentramite@cancilleria.gov.co
Al igual que con las nuevas solicitudes, el Decreto 1067 de 2015 no establece un plazo específico para llevar a cabo las solicitudes de prórroga.
Se reitera que todas las solicitudes se procesarán en el orden de recepción y se dará respuesta en un plazo razonable de hasta treinta (30) días hábiles. Se sugiere estar atento al correo electrónico autorizado para recibir actualizaciones.
Durante este período de treinta (30) días hábiles mientras se espera la respuesta, se solicita no reenviar ni reiterar la solicitud.
Desistimiento de la Solicitud de Refugio Venezolanos:
- Para renunciar a su solicitud de refugio, el titular debe completar y enviar el formato DP-FO-279. Es importante tener en cuenta lo siguiente:
- Solo el titular de la solicitud de refugio o su representante legal pueden presentar el desistimiento.
- Los autos de archivo se emiten solo a nombre del titular de la solicitud de refugio y a sus beneficiarios acreditados, por lo que no se emitirán autos de archivo a nombre de los beneficiarios de un solicitante de refugio.
- No se tramitarán solicitudes de desistimiento presentadas por beneficiarios o terceros no autorizados.
- El correo electrónico habilitado para recibir desistimientos de las solicitudes de refugio es solicitudesentramite@cancilleria.gov.co
Al igual que con las nuevas solicitudes, el Decreto 1067 de 2015 no establece un plazo específico para llevar a cabo las solicitudes de desistimiento.
Se reitera que todas las solicitudes se procesarán en el orden de recepción y se dará respuesta en un plazo razonable de hasta treinta (30) días hábiles. Se sugiere estar atento al correo electrónico autorizado para recibir actualizaciones.
Durante este período de treinta (30) días hábiles mientras se espera la respuesta, se solicita no reenviar ni reiterar la solicitud.
Ver los Formularios adjuntos en la siguiente pagina
https://www.cancilleria.gov.co/determinacion-condicion-refugiado
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